Adquirir una segunda vivienda es una aspiración que aumenta entre los españoles, aunque su realización especifica no parece ser tan fácil. La proporción de ciudadanos que está en proceso de búsqueda de este tipo de casa en propiedad, ha aumentado en ocho puntos porcentuales, actual 18% en 2018.
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¿Y SI, EN VEZ DE ADQUIRIR, ¿ALQUILAS?
¿Qué ventajas presentaría esta alternativa? La probabilidad de elegir cada año por un destino distinto, no tener que asumir todos los gastos ligados a una transacción de compra venda o de la hipoteca y obviar aquellos vinculados al mantenimiento de la propiedad.
En esta decisión los aspectos psicológicos tienen un papel digno y que para algunas personas la seguridad de tener un lugar fijo donde pasar las vacaciones es un elemento vital, así como sus previsiones sobre el desarrollo del mundo inmobiliario.
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¿DE QUÉ TE SIRVE UNA SEGUNDA CASA?
El segundo aspecto a tener en cuenta, es el objetivo que se desea lograr. Tendríamos que plantear si merece la pena realizar un desembolso al contado o distribuido entre distintos años, así como es el caso de una hipoteca, para usar el inmueble como propietarios solo unas semas o meses al año.
Por el contrario, si durante la parte del año en que el inmueble no se ocupa este estuviera alquilado, la situación estaría ponderada, pero siempre habrá que valorar qué rentabilidad espera conseguir el propietario.
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HIPOTECAS MÁS CARAS
Un buen consejo sería asumir solo cargas financieras que pueda razonablemente permitirse. No es lo mismo comprar el inmueble donde se vive habitualmente o una vivienda para las vacaciones. En los que se refiere a condiciones hipotecarias, por ejemplo, las asociaciones financieras pueden pedir entre un 10% y un 20% más de ahorro que para una primera casa.
Porque al comprar una segunda casa, las posibilidades de impago aumentan. De esta manera, si ya has tenido una hipoteca en la primera casa, querrán saber si hubo algún retraso o imago, y pueden pedir un mayor tiempo mínimo de empleo en la misma empresa.
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TENDRÁS QUE IMPUTAR UNA RENTA EN EL IRPF
Algo que en ningún caso el supuesto comprador de una segunda vivienda podrá permitirse pasar por alto es la fiscalidad de este tipo de casa. En efecto, a diferencia de la casa habitual, la segunda vivienda deberá imputar unas rentas inmobiliarias. Es decir, el contribuyente deberá incorporar en la base imponible del IRPF unas rentas por el mero hecho de ser propietario de un inmueble en el que no vive normalmente, siempre y cuando no lo tenga alquilado. Esta renta será generalmente el 2% del valor catastral del inmueble, que aparece en el recibo del IBI.
Al pago del IRPF sobre la renta tendrán que estar todos los tributos comunes a los diferentes tipos de vivienda. La adquisición de una vivienda de obra nueva supone para el comprador tributar por el IVA, un 10% con carácter general o 4% en el caso de casas de protección oficial de régimen especial.
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